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Tu Asesoría Fiscal Málaga

Asesoría fiscal y de extranjería en Benalmádena

Segunda residencia y alquiler turístico son la combinación dominante en Benalmádena. Ponemos en regla la vivienda y las declaraciones que genera.
Puerto Marina de Benalmádena con su arquitectura blanca y veleros amarrados

Asesoría fiscal en Benalmádena para clientes extranjeros

Entre Arroyo de la Miel, Puerto Marina y la zona de playa, Benalmádena reúne miles de apartamentos que combinan uso propio y alquiler por temporadas. Es el escenario perfecto para meterse en un lío sin querer.

Lo típico: se compra el apartamento para ir en verano, se empieza a alquilar unas semanas para cubrir gastos, y nadie da de alta la vivienda en el Registro de Turismo ni declara esos ingresos. Cuando la plataforma informa a Hacienda, llega la carta.

Se arregla, y cuanto antes mejor. Regularizamos lo que haya pendiente y dejamos el circuito montado para que a partir de ahí funcione solo.

Lo que más nos piden en Benalmádena

Vivienda de uso turístico

Inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía y declaración correcta de los ingresos.

Modelo 210 de alquiler

Declaración anual de rentas de alquiler y de la renta imputada por los días de uso propio.

Compra y venta del apartamento

Impuestos de la operación, retención del 3% y liquidación de la ganancia.

Un año, dos rentas distintas

Un apartamento que se alquila cuatro meses y se usa el resto del año genera dos cosas a efectos fiscales: el rendimiento del alquiler durante esos cuatro meses y la renta imputada por los ocho meses en que estuvo a tu disposición.

Muchas declaraciones se hacen mal precisamente aquí, declarando solo una de las dos. Y los gastos deducibles hay que prorratearlos por los días efectivamente alquilados, no aplicarlos al año completo.

Preguntas frecuentes en Benalmádena

Necesitas inscribir la vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía y cumplir los requisitos de equipamiento. El número de registro debe aparecer en la publicidad. Además, la comunidad de propietarios puede haber limitado esa actividad en sus estatutos.

Sí. No existe un mínimo exento por volumen. Y el resto del año genera renta imputada, así que en la práctica siempre hay algo que declarar.

Sí, la Junta de Andalucía sanciona la actividad de alojamiento turístico sin inscripción, con independencia de lo que ocurra por el lado fiscal. Son dos frentes distintos.

Hablemos de tu caso en Benalmádena

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